Medidas generales instalación

1-               Los empleados de BAKH contarán con la combinación necesaria de EPI´s de protección biológica en función del nivel de riesgo evaluado.

2-               Se aumentará la ventilación forzada de aire exterior con el objetivo de maximizar la renovación de aire.

3-               Colocación de una alfombra para la desinfección del calzado a la entrada a las instalaciones. (Principal y garaje).

4-               Se llevará a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones acorde a la normativa vigente, prestando especial atención a las superficies de contacto más frecuentes.

5-               Refuerzo de limpieza y desinfección de aseos, vestuarios y zonas de paso garantizando siempre la normativa vigente.

6-               Se garantizará la presencia de jabón de manos y papel para secado de manos en los diferentes aseos.

7-               Obligatoriedad del uso de mascarillas por parte de todos los usuarios siempre que se encuentren en el interior de la instalación, independientemente de la distancia de seguridad con el resto de usuarios o trabajadores, salvo en las excepciones recogidas en esta normativa acordes a la ORDEN de 15 de julio de 2020, de la Consejera de Salud del Gobierno Vasco.

En recepción se podrán adquirir mascarillas FFP2 en caso de olvido, rotura u extravío.

8-               No estará permitido el uso de mascarillas con válvula exhalatoria.

9-               Colocación de dispensadores de gel hidroalcóholico o desinfectantes con actividad virucida autorizados en diferentes áreas.

10-            Instalación de mamparas de metacrilato.

11-            Colocación de marcas en el suelo que ayuden a respetar los flujos de personas y distancia de seguridad a mantener.

12-            Colocación de cartelería visible para recordar las normas de higiene y prevención a observar por parte de usuarios y trabajadores.

13-            Se favorecerá el pago con tarjeta de crédito o a través de aplicaciones móviles.

11-            Obligatoriedad del uso de mascarillas en espacios comunes al menos mientras perdure la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo.

12-            Colocación de dispensadores de gel hidroalcóholico o desinfectantes con actividad virucida autorizados en diferentes áreas.

13-            Colocación de cartelería visible para recordar las normas de higiene y prevención a observar por parte de usuarios y trabajadores.